EUPV Alacant

El Palacio de Congresos puede esperar…

Ayuntamiento y Conselleria deberían adaptar a la sentencia judicial su “Plan Especial de Protección” para el Benacantil

publicat el dilluns 19 de juliol de 2010

Ya hay sentencia del Tribunal Supremo. Se desestima el recurso de casación interpuesto por el Ayuntamiento de Alicante contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJ) de mayo de 2005 que anuló distintos acuerdos municipales y autonómicos que permitían construir el Palacio de Congresos en el Benacantil.


Por su parte, el candidato de EU a la alcaldía de Alicante, Miguel Ángel Pavón, ha expresado su satisfacción por la sentencia y ha recordado “que EU fue una de las partes que recurrió esos acuerdos y el único partido político con representación municipal que desde el principio se opuso a la construcción del Palacio en el Benacantil”.

En ese sentido, Pavón destaca que uno de los acuerdos anulados es el relativo a la aprobación definitiva del Plan Especial de Protección del entorno del Castillo de Santa Bárbara (acuerdo de 29 de octubre de 2003 del Conseller de Territorio y Vivienda, Rafael Blasco), que se anula parcialmente al anularse total o parcialmente 5 artículos del Plan redactados “ad hoc” para permitir la construcción del Palacio en el Benacantil. Además la sentencia ordena la modificación de uno de los planos de ordenación (plano O.3) al excluir la zona baja del monte situada junto a la avenida de Jaime II del ámbito general de protección del monte Benacantil.

Pavón ha pedido por ello al Ayuntamiento y a la Consellería de Urbanismo que “de una vez ejecuten la sentencia del TSJ adaptando el Plan Especial a la sentencia, es decir, eliminando y modificando los artículos cuya redacción es contraria a derecho”, así como modificando el plan de ordenación O.3. Por último, el alcaldable de EU critica tanto “la obcecación del PP municipal en recurrir ante el Supremo la sentencia del TSJ como el dinero público que el PP municipal ha destinado a pagar los gastos del recurso de casación, al que hay que sumar ahora el dinero de las costas procesales a cuyo pago ha sido condenado el Ayuntamiento por parte del Tribunal Supremo”.


2008 Esquerra Unida del País Valencià - Alacant | Contacta | Seguir la vida del lloc RSS 2.0 | SPIP